Efectivo el 04 de Marzo de 2013 Ciertos extranjeros que no tienen ningún estatus legal en los Estados Unidos y son cónyuge o hijo de un ciudadano de los Estados Unidos pueden calificar para un perdon provisional. Este perdon puede ser aplicado desde adentro de los Estados Unidos y antes de partir al país en el extranjero para entrevistas iniciales en el consulado. Deben cumplir ciertos criterios para calificar para esta exención. Usted puede ser elegible si: