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¿Qué dice el Tribunal Supremo de EE.UU. sobre la constitucionalidad de la orden ejecutiva del Presidente?
Presidente Obama anunció una orden ejecutiva el jueves para considerar la acción diferida para millones de inmigrantes indocumentados. Sobre las secuelas del anuncio he estado siguiendo las diferentes redes sociales con respecto a las reacciones de diversos sectores con respecto a esta medida. Algunas personas lo apoyan. Otros se oponen enérgicamente a lo. Este post está dirigido a un tercer grupo que con vehemencia ha caracterizado la orden ejecutiva como inconstitucional y aun ha demonizado el Presidente como un rey o monarca que abusa de los poderes que le dio.
Contrario a lo que muchos afirman, órdenes ejecutivas, concede la acción diferida o similares beneficios de inmigración son muy antiguas. En el 1960 los cubanos más de 600.000 y 300.000 sureste asiáticos otorgaron libertad condicional por el Presidente. En la década de 1970 Presidente Reagan concedió aplazamiento de deportaciones a 200.000 nicaragüenses. En 1987 Presidente Reagan le otorgue aplazamiento de deportaciones a niños bajo edad de 18 que vivían con padres que fueron legalizar bajo la amnistía de 1986. En 1990 el Presidente George H.W. Bush amplió el aplazamiento de la deportación para cubrir también a cónyuges de las personas que fueron legalizar bajo la amnistía de 1986. Esta medida protegida cerca de 1.500.000 inmigrantes indocumentados, más del 40% del total en aquel momento. Más recientemente el Presidente Clinton otorgó a salida forzada diferida para los haitianos presentes en los Estados Unidos antes de 1995, y Presidente George W. Bush concedió acción diferida para estudiantes académicos extranjeros afectados por el huracán Katrina y diferido salida aplicación de liberianos que TPS había expirado. Estos son sólo algunos ejemplos, pero la lista es larga.
Como una República constitucional, la Corte Suprema de Estados Unidos tiene la última palabra sobre la constitucionalidad del Decreto anunciado por el Presidente. Por lo tanto, en lugar discutiendo hacia atrás y hacia adelante en las redes sociales con respecto a la constitucionalidad del decreto del Presidente, decidí buscar sobre esto han dicho los tribunales federales, especialmente la Corte Suprema, en el pasado.
Los tribunales federales han sostenido constantemente que el poder ejecutivo tiene discrecionalidad para hacer cumplir las leyes. En v leal de Silva. Smith, la corte de Apelaciones del 9no circuito sostuvo que “la categoría de acción diferida reconoce que el servicio tiene limitados recursos para el cumplimiento y que deben hacerse administrativamente todos los intentos de utilizar estos recursos de manera que permitan el mayor impacto en las leyes de inmigración”. 773 F.2d 1021, 1024 (9no círculo. de 1985).
En v de Pasquini. Morris, la corte de Apelaciones del 11 circuito sostuvo que otorgar o retener la acción diferida “es firmemente dentro de la discreción del INS” y por lo tanto pueden otorgados o retenidos “como estime conve[the relevant official]niente, de acuerdo con el abuso de discreción cuando cualquiera de las cinco c[then]ondiciones determinantes regla está presente”. F.2d 700 658, 662 (Cir 11. 1983).
Lo más importante, en el v de Arizona. Estados Unidos, la Corte Suprema de Estados Unidos sostuvo que la[a] “característica principal del sistema de retiro es la amplia discreción ejercida por funcionarios de inmigración. … Funcionarios federales, como cuestión inicial, deben decidir si tiene sentido seguir retiro en todos. Discreción en la aplicación de la ley de inmigración abarca preocupaciones humanas inmediatas. Los trabajadores no autorizados tratando de mantener a sus familias, por ejemplo, probablemente representan menos peligro que los contrabandistas extranjeros o extranjeros que cometan un delito grave. Las acciones de un caso individual pueden activar muchos factores, incluyendo si el extranjero tiene hijos nacidos en Estados Unidos, largos lazos a la comunidad, o un registro de servicio militar distinguido”. S.Ct 132. 2492, en 2499 (2012).
Por lo tanto, si apoyan o se oponen a la orden ejecutiva anunciada por el Presidente, es su propio negocio y respeto tu opinión. Pero por favor dejen de levantar el “rey”, “monarca” o tarjeta de “inconstitucional” porque, a menos que la cuestión se presenta nuevamente ante la Corte Suprema y se invierta, las medidas adoptadas por el Presidente la semana pasada son constitucionales.
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Carlos Sandoval
Carlos Enrique Sandoval, Abogado, miembro del Colegio de Abogados de FL, AILA y licenciado para ejercer la abogacía por el Tribunal Supremo y el Tribunal Federal del Distrito Sur de Florida.
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